Desde 2007 se han llevado a cabo reuniones cuyo fin es crear un nuevo marco legal internacional para colocar al copyright por encima de los derechos humanos fundamentales. Estoy hablando del mal llamado acuerdo anti-falsificación (ACTA), el cual pretende que las distintas naciones intercambien información sobre violaciones de copyright e impongan las penas correspondientes. Y esa información es la tuya; es sobre ti. Pues el derecho a la intimidad y el de compartir tienen desventajas económicas y políticas para ciertos sectores que desean mantener vivo un mercado obsoleto y preservar su control sobre la información. El siguiente vídeo, que no es la primera vez que lo menciono, lo explica bien:
Si bien el ACTA sigue en negociación, en la cuál y pese a su importancia no ha participado la gente, los distintos gobiernos ya le van allanando el camino a su manera. En Francia está la Ley Hadopi, la cuál creó una comisión con el poder de cortar Internet tras tres avisos que afirmen que se ha descargado o distribuido contenido con copyright. En España está la famosa Ley Sinde, la cuál también omite la intervención judicial real y otorga el poder a una comisión del Ministerio de Cultura. Ahora llega a Colombia un proyecto de ley que sigue la misma línea. Se trata de la llamada Ley Lleras (ver en pdf), la cual prevé darle a los proveedores de Internet (ISP) el poder para bloquear contenidos de una web que viole derechos de autor y sin necesidad de un trámite judicial. Así, las ISP se vuelven jueces que toman como medida cautelar el cierre de una web para que luego un juez de verdad determine si es cierto o no el delito imputado. En otras palabras, eres culpable hasta que demuestres tu inocencia. Pero, como si esto fuera poco, casi simultáneamente el gobierno colombiano sacó una ley llamada de inteligencia y contra-inteligencia, la cuál permite la intervención de las comunicaciones de las personas que se consideren peligrosas para el estado y posibilita encarcelar a todos aquellos que divulguen información confidencial. Curiosamente el artículo 15 de la Ley Lleras permite entregar, sin aclarar bien a quién, toda la información confidencial sobre ti. Así, hay una ley que permite la intervención a tu vida privada para obtener información y otra que, mediante una medida cautelar ejercida por las ISP, permite entregarle a quien sabe quién esa misma información ¿Coincidencia?
Los siguientes vídeos tratan sobre ambas leyes:
El denominador común entre la Ley Lleras, Sinde y Hadopi es claro: se omite a la justicia y se la reemplaza por un tercero que analiza toda tu actividad en la red con el fin de proteger al copyright y el monopolio de la información. Antes de Internet tanto los gobiernos como las empresas tenían que tratar sólo con unos pocos medios que servían de vínculo entre la gente y ellos. Ahora eso cambió: en la red todos tenemos voz y podemos dar nuestra opinión y compartir información. Esto es la verdadera libertad de expresión. Con estas patéticas leyes y medidas, que omiten a la justicia (repetiré esta frase hasta el cansancio: se omite a la justicia), obtienen las herramientas necesarias para aplicar la censura a aquellas voces que les disgustan, recuperando así el control sobre la información que una vez tuvieron. Es por esto que la neutralidad de la red debe ser un derecho fundamental. Como puedes ver, el tema va mucho más allá del copyright y los derechos de autor.
A su vez, en EEUU se alienta un proyecto algo diferente pero con los mismos objetivos. Se trata del National Strategy for Trusted Identities in Cyberspace (NSTIC). Este busca crear un soporte físico, una especie de tarjeta, la cuál hará de DNI virtual. Esta tarjeta, que será el medio que utilices para acceder a tus servicios en lugar de la típica contraseña, guardará todo la información sobre tus acciones en la red y servirá para identificarte.
Está claro que ninguna de estas leyes, medidas y proyectos debería existir. Incluso si por algún motivo te disgusta la mal llamada piratería, te debería ser evidente que garantizar el éxito económico de un mercado moribundo (Nadie tiene derecho a tener éxito en su trabajo sino a intentarlo) no justifica de manera alguna la perdida del derecho a la intimidad, la libertad de expresión, la presunción de la inocencia y la omisión de la justicia y su reemplazo por un tercero.
Agradezco a JK, por pasarme los vídeos que aquí he colocado y por motivarme a escribir esta entrada.
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